{"id":780,"date":"2012-01-18T10:39:18","date_gmt":"2012-01-18T18:39:18","guid":{"rendered":"https:\/\/wirtzlawstg.wpengine.com\/?p=780"},"modified":"2021-11-17T11:32:09","modified_gmt":"2021-11-17T16:32:09","slug":"puede-un-empleado-trabajar-a-voluntad-durante-un-plazo-determinado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.wirtzlaw.com\/es\/can-an-employee-be-at-will-for-a-specified-term\/","title":{"rendered":"\u00bfPuede un empleado ser \"a voluntad\" durante un plazo determinado?"},"content":{"rendered":"<p>La mayor\u00eda de los empresarios y empleados estar\u00e1n de acuerdo en que, si no especifican el plazo (o la duraci\u00f3n) del empleo, la relaci\u00f3n laboral es \"a voluntad\", es decir, que tanto el empresario como el empleado pueden poner fin a la relaci\u00f3n en cualquier momento y por cualquier motivo (salvo en caso de rescisi\u00f3n en violaci\u00f3n del orden p\u00fablico). De hecho, el art\u00edculo 2922 del C\u00f3digo Laboral de California crea la presunci\u00f3n de que, en ausencia de un plazo espec\u00edfico, el empleo es a voluntad. El corolario de esta presunci\u00f3n de la ley de California se encuentra en la Secci\u00f3n 2924 del C\u00f3digo Laboral - es decir, las relaciones laborales por un plazo fijo o espec\u00edfico s\u00f3lo pueden ser terminadas por una causa justa. Sin embargo, los C\u00f3digos Laborales de California no dicen nada sobre el dilema que se crea cuando un contrato establece tanto un plazo de empleo fijo o espec\u00edfico como una disposici\u00f3n expresa que declara que el empleo es a voluntad.<\/p>\n<p>En tal caso, lo m\u00e1s probable es que los tribunales determinen que las disposiciones expresas hacen del cliente un empleado a voluntad. La raz\u00f3n es que las disposiciones expresas prevalecen sobre las impl\u00edcitas.  Civ. Code, \u00a7 1625; Code Civ. Proc., \u00a7 1856. En otras palabras, el lenguaje expreso de \"a voluntad\" prevalecer\u00e1 sobre la inferencia de que es necesaria una causa justa para la rescisi\u00f3n debido al plazo especificado. As\u00ed pues, en virtud de la legislaci\u00f3n de California, el t\u00e9rmino impl\u00edcito siempre ceder\u00e1 ante un acuerdo expreso. <em>Lee v. TRW Inc. <\/em>(9th Cir. 2005) 143 F. App'x 10. Esto es cierto incluso si la disposici\u00f3n expresa no figura en un contrato integrado. <em>Metoyer contra Chassman<\/em> (Cal. 2007) 504 F.3d 919.<\/p>\n<p>Aunque no hay ning\u00fan caso en California directamente en este momento, el Tribunal Supremo de Carolina del Sur sigui\u00f3 este enfoque al considerar que la disposici\u00f3n expresa a voluntad es la que prevalece. V\u00e9ase <em>Cape v. Greenville County Sch. Dist.<\/em> (2005) 365 S.C. 316. En <em>Cabo, <\/em>el tribunal reconoci\u00f3 que un contrato de trabajo por tiempo indefinido es presuntamente rescindible a voluntad, mientras que un contrato por tiempo definido es presuntamente rescindible s\u00f3lo por causa justa. Sin embargo, se trata de meras presunciones y las partes son libres de modificarlas mediante contratos expresos. En este caso, el Distrito Escolar y el Sr. Cape celebraron un contrato de trabajo por un plazo fijo, pero establecieron expresamente que el empleo ser\u00eda a voluntad. <em>Id.<\/em> en 317. As\u00ed, por disposici\u00f3n contractual expresa, las partes alteraron la presunci\u00f3n <a style=\"text-decoration: none; color: #343434;\" href=\"http:\/\/premier-pharmacy.com\/product-category\/erectile-dysfunction\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">disfunci\u00f3n er\u00e9ctil<\/a> con una cl\u00e1usula de rescisi\u00f3n a voluntad. Este an\u00e1lisis no parece diferir significativamente de la legislaci\u00f3n de California.<\/p>\n<p>Los C\u00f3digos Laborales de California reconocen tanto la presunci\u00f3n a voluntad como la de plazo determinado, junto con el derecho de las partes a contratar un estatuto contrario a la presunci\u00f3n por defecto. <em>Guz v. Bechtel Nat. Inc.<\/em> (Cal. 2000) 8 P.3d 1089, 1100. Las partes son \"libres de definir su relaci\u00f3n, incluidos los t\u00e9rminos en que puede finalizar, como deseen. Las partes pueden llegar a cualquier acuerdo contrario que sea l\u00edcito en relaci\u00f3n con la duraci\u00f3n del empleo o con los motivos o la forma de terminaci\u00f3n.\" El caso m\u00e1s directo en California que responde a esta pregunta aplica la ley de Nueva York, pero reconoce que las dos jurisdicciones no difieren en esta cuesti\u00f3n. V\u00e9ase, <em>Anderson contra Savin Corp.<\/em> (Ct. App. 1988) 254 Cal. Rptr. 627. El contrato en ese caso empleaba al Sr. Anderson por per\u00edodos de un a\u00f1o, renovables por per\u00edodos adicionales de un a\u00f1o, pero rescindibles por \"cualquiera de las partes a su discreci\u00f3n en cualquier momento con un preaviso de 5 d\u00edas\". El tribunal consider\u00f3 que el Sr. Anderson era un empleado rescindible a voluntad. Los estatutos de California crean una presunci\u00f3n de empleo a voluntad, refutable mediante dos posibles condiciones: \"(1) que el contrato estuviera respaldado por una contraprestaci\u00f3n independiente de los servicios prestados por el empleado a su futuro empleador; o (2) que las partes acordaran, expresa o impl\u00edcitamente, que el empleado s\u00f3lo podr\u00eda ser despedido por causa justificada\".<\/p>\n<p>La lecci\u00f3n aqu\u00ed es una que debe aplicarse al principio de la relaci\u00f3n laboral. Al redactar los contratos de trabajo, no parece haber un prop\u00f3sito predominante en tener tanto un t\u00e9rmino especificado como una disposici\u00f3n expresa a voluntad. El sentido com\u00fan indicar\u00eda que ambas disposiciones entran en conflicto. La mejor pr\u00e1ctica es elegir una disposici\u00f3n. Hacer que un empleado sea a voluntad o empleado por un per\u00edodo determinado. A fin de cuentas, tener ambas disposiciones en el contrato puede resultar simplemente en procedimientos de resoluci\u00f3n de conflictos largos y costosos.<\/p>\n<p><em>Para m\u00e1s informaci\u00f3n llame a los experimentados abogados litigantes al (858) 259-5009 para una evaluaci\u00f3n gratuita de su caso.<\/em><\/p>\n<p><em><strong><u>Descargo de responsabilidad<\/u>.\u00a0\u00a0<\/strong>La informaci\u00f3n proporcionada en este post es s\u00f3lo para fines informativos y educativos en relaci\u00f3n con los aspectos del tema. Est\u00e1 dirigida \u00fanicamente a los residentes de California. Este post se considera un anuncio del abogado Richard M. Wirtz y Wirtz Law APC. Usted no debe confiar en ninguna de la informaci\u00f3n proporcionada en este anuncio y ning\u00fan consejo legal es dado por el anuncio. No se establece ninguna relaci\u00f3n abogado-cliente por ver este anuncio. Se requiere un acuerdo de compromiso firmado por escrito entre usted y Wirtz Law APC para crear una relaci\u00f3n abogado-cliente. Usted debe consultar inmediatamente a un abogado con experiencia en el tema. El abogado Richard M. Wirtz es responsable del contenido de este anuncio.<\/em><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La mayor\u00eda de los empresarios y empleados estar\u00e1n de acuerdo en que, si no especifican el plazo (o la duraci\u00f3n) del empleo, la relaci\u00f3n laboral es \"a voluntad\", es decir, que tanto el empresario como el empleado pueden poner fin a la relaci\u00f3n en cualquier momento y por cualquier motivo (salvo en el caso de despidos que vulneren el orden p\u00fablico). 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